Preparamos el expediente completo y te acompañamos en la tramitación: cálculo, plan de reducción, evidencias y sello.
El Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono fue creado en 2014 y actualmente se rige por el Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo. Recoge el esfuerzo de las organizaciones españolas en el cálculo y la reducción de sus emisiones y permite compensar toda o parte de la huella mediante proyectos ubicados en territorio nacional.
Donde se inscribe el cálculo de la organización junto con su plan de reducción obligatorio, y donde se reconoce la reducción cuando se cumple el criterio.
Proyectos que absorben dióxido de carbono de la atmósfera y generan unidades de absorción inscribibles.
Para reconocer una compensación, las toneladas deben provenir de proyectos inscritos en el propio Registro.
Toda huella inscrita va acompañada obligatoriamente de su plan de reducción y se comprueba antes de registrarse. Por eso trabajamos siempre el cálculo y el plan como un único entregable.
Elaboración propia a partir de información pública del MITECO: inscripción de huella y planes de reducción y información general del Registro.La reducción se inscribe cuando se comprueba una tendencia descendente de las emisiones en relación con el nivel de actividad. El criterio, resumido:
| Elemento | Cómo se aplica |
|---|---|
| Años necesarios | Huella inscrita del año y de los tres anteriores |
| Indicador | Emisiones divididas entre el índice de actividad |
| Comparación | Media del último trienio menor que la del trienio anterior |
| Herramienta | Uso obligatorio de la calculadora oficial de reducción |
Según el MITECO, la totalidad de las solicitudes de inscripción se gestionan a través de la sede electrónica. Nosotros preparamos el expediente y te acompañamos en cada paso.
Informe de huella del año correspondiente, con datos conciliados y factores de emisión oficiales aplicados.
Documento con año base, objetivos, medidas, calendario y responsables, coherente con el criterio de reducción del Registro.
Coordinamos al verificador independiente, preparamos evidencias y respondemos a hallazgos.
Formulario de huella de carbono, documentación de soporte y firma del representante legal.
Una vez inscrita, la organización recibe el certificado y el derecho a usar el sello, que refleja el nivel de participación y el año.
Recálculo, actualización del plan y nueva inscripción para construir la serie que permite acreditar la reducción.
Nueva norma reguladora del Registro, de 18 de marzo, con nota aclaratoria publicada por el propio Ministerio.
Serie publicada de factores oficiales, imprescindible para recalcular años anteriores con criterio homogéneo.
Desde enero de 2026 solo son inscribibles las emisiones atribuibles al territorio nacional.
Esta página resume información pública del MITECO con fines divulgativos y puede quedar desactualizada. Consulta la fuente oficial en miteco.gob.es; el Ministerio atiende consultas en el buzón hc-oecc@miteco.es.
Cálculo, plan de reducción, evidencias y acompañamiento en la tramitación. Sin sorpresas.
Medir, planificar y ejecutar la descarbonización con un mismo equipo de ingeniería. Si lo que necesitas está en otra de nuestras marcas, te lo decimos sin rodeos.